Ley de absolución de deuda hipotecaria de 2007 |
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| escrito por Redacción | |
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El pasado mes de diciembre 2007 el presidente firmó una nueva ley para ayudar a las personas que han perdido su residencia principal debido a una ejecución hipotecaria o que han sido objeto de una modificación en préstamo hipotecario. La ley de condonación de deuda hipotecaria permite la exclusión del ingreso realizado como resultado de una ejecución hipotecaria (foreclosure) o reestructuración del préstamo hipotecario (loan modification) de su vivienda principal. Tradicionalmente, cualquier cantidad condonada o cancelada en un préstamo hipotecario es considerada ingreso tributable para el contribuyente. Pero debido a la crisis hipotecaria que enfrenta el país, las deudas perdonadas en los préstamos hipotecarias pueden excluirse del ingreso. Esta ley es válida sólo para deudas perdonadas en los años 2007, 2008 y 2009. Las deudas condonadas deben provenir de préstamos para comprar, construir o mejorar sustancialmente la residencia principal o préstamos para refinanciar una deuda incurrida para dichos propósitos. Las deudas perdonadas en una refinanciación podrán ser excluidas hasta el monto del balance del principal de la hipoteca original justo antes de la refinanciación. Para poder excluir la deuda de la planilla de impuestos, el prestamista deberá enviarle el formulario 1099-C antes del 30 de enero del año después de la condonación. La cantidad condonada debe aparecer en el encasillado #2 y el valor en el mercado de la propiedad al momento de la condonación aparece en el encasillado #7. Si las cantidades que aparecen en el formulario 1099-C no parecen correctas, el contribuyente debe contactar al prestamista para verificar que si ha habido un error. En tal caso, el prestamista debe enviarle un formulario 1099-C corregida. Una vez recibido el formulario 1099-C, el contribuyente debe completar el formulario 982 y anexarlo a su planilla de declaración de impuestos. Si el contribuyente perdió su residencia en el proceso de condonación sólo deberá completar las líneas 1e y 2 del formulario 982. Si el préstamo fue modificado y el contribuyente es aun dueño de la residencia, deberá completar las líneas 1e, 2 y 10b del formulario 982. El formulario 982 y sus instrucciones están disponibles en www.irs.gov La exclusión de ingreso tiene su límite. La deuda condonada no puede exceder $2 millones para parejas casadas que radiquen planilla conjunta y $1 millón para parejas que radiquen planilla separada en el año de la condonación. Si parte de la deuda hipotecaria no califica para la exclusión, el contribuyente podría calificar bajo la provisión de “insolvencia” Un contribuyente se considera insolvente cuando sus deudas totales sobrepasan sus activos (bienes). Las deudas de propiedades de inversión, segundo hogar, vivienda de vacaciones, tarjetas de crédito y préstamos personales no pueden ser perdonadas bajo esta ley. Para saber más sobre esta nueva ley, consulte a su preparador de impuestos, llame al 1-800-829-1040 ó visite la página www.irs.gov Información extraída y traducida de la página Web del Departamento de Rentas Internas de los Estados Unidos. |
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